8 jun 2014

VALORES CONSTITUCIONALES Y SUCESIÓN EN LA JEFATURA DEL ESTADO



Este tema de actualidad debe tratarse con cuidado porque afecta a valores muy íntimos de las personas. El pin-pan-pum que se está produciendo refleja una tensión ideológica profunda, como si volvieran muchos fantasmas del pasado o como si se aparecieran por primera vez, en el caso de las personas jóvenes. En mi caso, guardo la borrosa imagen del féretro del dictador visitado por larguísimas colas de afectos y de la entronización al día siguiente de su sucesor en la Jefatura de Estado. Más adelante, del referendo constitucional. Pero todo eso cuando era un niño, que quedó mucho más afectado porque en esa época se había muerto Fofó, alguien mucho más importante entonces para mí que el Caudillo, y sin embargo injustamente tratado por la Tele y el UHF.

Para los que no votamos la Constitución de 1978 el tema es algo menos emocional y pienso que más objetivo. Llevamos casi 39 años con el mismo jefe de Estado –por cierto, los mismos que transcurrieron desde la asonada de 1936 hasta los últimos partes médicos de las “heces en forma de melena” de 1975-. Demasiados, en todo caso, para ocupar un cargo de tanta relevancia. Y han transcurrido más de 35 años desde la entrada en vigor de la Constitución. Hemos enterrado a gran parte de los pilotos de la transición, todos ellos personas con valores y con defectos, gente normal con grandezas y miserias, igual que ahora. Eso sí, todos hombres, porque la única mujer que había sido relevante había cedido tiempo atrás las riendas del PCE.

En este contexto, cabría decir que la sucesión por el ius sanguinis en la Jefatura de Estado es contraria a los más elementales valores de la igualdad. Que hoy no se diga más veces no tiene fácil explicación. Que haya sistemas profundamente democráticos que preservan la monarquía no basta como justificación. Al menos, los Windsor no son sufragados en exclusiva con cargo al Treasury, y si no que se lo pregunten a canadienses, australianos, indios, neozelandeses…En otros casos, es distinto, pero siempre se trata de Estados con tradiciones democráticas mucho más fuertes que la nuestra. Los demás países mediterráneos hijos del autoritarismo –Portugal, Italia y Grecia- son, afortunadamente para ellos, Repúblicas. España es una rareza en el Mediterráneo. La mezcla entre pulsión autoritaria y jefatura de Estado monárquica es peligrosa. Hoy leía las declaraciones del ministro de Defensa Morenés en El País y dan un poco de miedo: “los militares trasladarán al Príncipe la lealtad que han tenido con el Rey”. ¿Qué lealtad es esa? ¿Por encima de la voluntad del pueblo constituyente?

Los españoles no son iguales ante la ley. Los que forman parte de la sucesión dinástica son mejores y tienen más derechos. Felipe dejará de estar sujeto a responsabilidad. Y a los demás se nos niega el derecho a elegir, por mecanismos directos o indirectos, al titular de la Jefatura del Estado. Estas obviedades producen un evidente déficit democrático y una falta de legitimidad popular del monarca. En nuestro caso, además, con el vergonzante art. 57.1 de la Constitución, que establece una discriminación por razón de sexo contraria a los más elementales derechos humanos. La horrible única reserva del Reino de España a la Convención de Naciones Unidas sobre la erradicación de todas las formas de discriminación contra la mujer: “The ratification of the Convention by Spain shall not affect the constitutional provisions concerning succession to the Spanish crown” se hace ahora efectiva. ¡Parece mentira que en 2014 tengamos que soportar este acoso sexista que supone la degradación de la mujer en la Jefatura de Estado! Quien la defienda tiene que ser alguien muy lejano a los valores que hoy afirmamos compartir, sin diferencia de opciones ideológicas.

No voy a referirme aquí –porque no soy ningún especialista- a la discusión sobre el referendo consultivo del art. 92 CE o sobre el necesario tránsito por el art. 168. O mejor sí: parece oportuno el referendo. A estas alturas, ya ha quedado muy claro que los “padres constituyentes” se pasaron de frenada con el sistema de reforma constitucional. Influidos sin duda por nuestra difícil historia, optaron por un sistema de dificilísima reforma –por cierto, burlado en 2011-. Lo cual no puede ser bueno. Las Constituciones más resistentes son aquellas que se han podido reformar en profundidad cuando ha sido necesario –como es el caso de la Ley Fundamental de Bonn-. Que 36 años más tarde la nuestra no haya sido objeto de una reforma transparente no es buen síntoma, como si los valores de convivencia no hayan cambiado en tan largo período de tiempo.

Ha habido, eso sí, la reforma de 2011 –la del ajuste al Tratado de Maastricht no importa-. El pacto entre las dos fuerzas políticas que han acaparado la práctica totalidad del poder en los últimos años ha tenido un relieve extraordinario. Ya se ha escrito mucho al respecto, porque ha supuesto una inversión de los derechos constitucionales y una renuncia a la cláusula social del Estado de Derecho. Que ahora no puede desarrollar una política orientada al pleno empleo, distribuir la renta de forma equitativa, mantener un régimen suficiente de Seguridad Social o proteger adecuadamente la salud, entre otros principios. Que ahora son subalternos al de estabilidad presupuestaria, en los lamentables términos de la LO 2/2012.

En este contexto, ¿cómo no va ser oportuno plantear un referendo?, ¿cómo no va a ser razonable abrir un proceso de reforma real de la Constitución? Es evidente que el establishment va a impedirlo, seguramente con éxito. Pero está produciendo que la convivencia resulte axfisiante. Ojalá que se convocara el referendo, incluso si el resultado fuera favorable a la Jefatura de Estado dinástica. Los perdedores tendríamos el consuelo de la pérdida democrática, que sería, sin duda, revitalizadora de la institución. Y cambiaría la legitimidad de origen del monarca, enterrando para siempre el estigma de la Ley de 1947 y de su famoso art. 6.

1 comentario:

  1. Creía que eras, como yo, de la generación de los Chiripitifláuticos y no de la del Gran circo de la Tele.
    El art. 57.1 CE resulta extraño porque acepta la sucesión proclamada implícitamente en el art. 1 del RD de 21 de enero de 1977, en el que se da el título de príncipe de Asturias a Felipe de Borbón, sin que haya existido variación posterior, de forma que las mujeres quedan preteridas en el Trono.
    Es aún más llamativo cuando la Ley 33/2006, de 30 de octubre, sobre la igualdad del hombre y de la mujer en la sucesión a los títulos nobiliarios, eliminó esa preferencia del varón en los títulos nobiliarios.
    Voces ha habido que han sugerido que ante el contraste entre este art. 57.1 y el art. 14 sobre la no discriminación la contradicción podría haberse resuelto por resolución del TC o por una Ley Orgánica, sin que fuera necesaria la reforma de la Constitución (pero no ha habido voluntad para ello)
    La ley sálica se ha eliminado en diversas monarquías europeas; en Bélgica en 1991, en Noruega en 1990(aunque aquí no varió el orden sucesorio), en el caso de Suecia se modificó con efectos retroactivos de tal manera que paso a ser la heredera Victoria de Suecia, en vez de su hermano menor Carlos Felipe,…Pero aquí de eso tampoco se habla
    Menos aún se va a hablar, claro, de un referendo sobre la forma de estado, que como dices incluso de perder los contrarios a la monarquía dejaría algo positivo tanto en legitimidad como de ruptura con las decisiones preconstitucionales. Pero tienen miedo a que se opine y terminan por cosificar la democracia.
    Un saludo
    Mikel Urruti

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