18 sept 2012

IMPUGNACIÓN DEL CONVENIO DE DERIVADOS DEL CEMENTO



Hoy he leído cómo los grandes despachos de abogados de defensa de los intereses de las empresas saludaban casi con lágrimas de emoción una sentencia de la Audiencia Nacional de 10 septiembre 2012. En ella, se declara la nulidad del V Convenio Colectivo General de derivados del cemento, en los pasajes en los que colisionaba con la preferencia aplicativa del convenio de empresa frente al sectorial, de conformidad con el art. 84.2 del ET, en su redacción dada por la reforma de 2012. Tanta euforia me hizo sospechar que esa sentencia rompía moldes y sentaba una doctrina totalmente demoledora, que haría que los pilares de nuestro sistema se tambaleasen. Así que esta tarde me la he leído y…no es para tanto.
El nombre de la magistrada ponente me tranquilizó. Carolina San Martín, además de una persona prudente, es una buena conocedora del marco de las relaciones laborales y de las orientaciones legislativas actuales. La sentencia no resulta tendenciosa, ni inquietante, ni revolucionaria en sus proposiciones. Lo más –y mejor- que puede decirse de ella es que resulta esperable, ortodoxa y adecuada a la legalidad vigente. Simplemente apela a la normativa actual y punto, sin adornos excesivos. Que la prioridad aplicativa del convenio de empresa afecte a cualquier convenio sectorial, haya sido firmado antes o después del RD-ley 3/2012 es una obviedad. Pensar en una interdicción de la eficacia retroactiva en este caso implica un desconocimiento grande del propio concepto de la retroactividad.
Incluso la sentencia desliza un jugoso obiter dicta: “lo que está claro es que, una vez entrada en vigor la referida norma, y siendo válida mientras no exista tacha de inconstitucionalidad…” Es decir, la ponente expresa sus dudas acerca de la coherencia del art. 84.2, inciso último, con el art. 37 de la Constitución y la fuerza vinculante del convenio colectivo. Alguien podría alegar que bien pudo haberse planteado en tal caso cuestión de constitucionalidad, pero habrá que reconocer que la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional no es la sede más idónea para ello.
Con todo, la culpa no es de la sentencia, sino de la Ley. Y de unos órganos políticos muy implicados en que ésta se cumpla, a macha-martillo. Que se desmantale la ordenación y la estructura de la negociación colectiva es un valor muy querido para la derecha de este país. Que haya carreras hacia la baja en las condiciones de trabajo, que se produzca una espiral de empobrecimiento de las personas trabajadoras, que pretenda volver a competirse en el mercado global a través del dumping social y no mediante una mejora de la productividad y de la profesionalidad de nuestra clase trabajadora es una especie muy querida para esos que se denominan a ellos mismos “liberales”. Causa enojo que haya sido el “guardián de la porra” -ese organismo tan gamberro que es la Dirección General de Empleo- y no una asociación de empresarios del sector quien haya impugnado el convenio. Una Dirección General de Empleo que, en tiempos del protectorado en que se ha convertido España desde que “gobierna” D. Madiano, no impugna convenios porque discriminan a la mujer –como impone el art. 90.6 ET-, porque contienen dobles escalas salariales o porque establecen reglas sobre tiempo de trabajo irrespetuosas con los mínimos legales. Sólo impugnan convenios que no permiten regulaciones a la baja.
En fin, tal vez este asuntillo llegue al Tribunal Supremo. Ojalá, porque tiene una oportunidad muy buena de plantear la cuestión de constitucionalidad. Debería. En unos días en los que la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos empieza a aprobar, con el voto favorable de la patronal y de la Administración pepera, inaplicaciones de convenios a montones, contra el criterio sindical. Otra vez la Administración “arbitrando” desde la “imparcialidad”. Esto es, defendiendo los intereses de los de siempre. Sólo cabe esperar que cada órgano actúe con la responsabilidad propia que le cabe en defensa de la Constitución.
¡Qué curioso que el PP ya no haga tantas protestas de defensa de la Constitución como hacía hace un par de años! La Constitución se le está convirtiendo en un instrumento enojoso, prescindible y contraproducente.

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