Admito,
de entrada, que probablemente el perfil de un jurista del Trabajo y de la
Seguridad Social no sea el más adecuado para opinar sobre un tema tan sometido
a la lógica actuarial y de la economía aplicada. No soy un experto en adivinar
el pasado ni en llegar a un lugar distinto del inicialmente previsto partiendo
de hipótesis ciertas y utilizando fondos públicos. Es decir, no soy un
economista. Por todo eso, pido disculpas por adentrarme con ligereza en asuntos
que no me competen del todo. Con la misma ligereza con la que los economistas
opinan de Derecho. Dicho lo cual, permítaseme formular una serie de
consideraciones algo naives sobre el
informe hoy conocido. Las seis siguientes:
1º.- Es muy irritante el aparente
reparto de roles que realiza la comisión: afirma formular criterios técnicos y
dejar a los políticos las decisiones políticas. Mentira: todo es
inequívocamente político. Es más, finge que son técnicas decisiones que
pretenden diseñar un sistema rígido en algunos de sus presupuestos, basados en
un supuesto “factor de equidad intergeneracional” de las nuevas pensiones de
jubilación y en un todavía más hipotético “factor de revalorización anual”. Ni
el uno es necesariamente equitativo ni el otro necesariamente revalorizador.
Más bien plantean unas hipótesis de partida cuyo devenir está sujeto a
demasiadas incertidumbres.
2º.- Es muy cabreante que se
planteen hipótesis y se diga que todas ellas son igualmente ajustadas al
mandato constitucional del art. 50. Las últimas reformas “paramétricas” –utilizando
este adjetivo tan en boga- no garantizan del todo la suficiencia económica
durante la tercera edad. Más bien golpean duro en las pensiones bajas y
acarician suavemente las más altas. La “equidad” debiera suponer, por ejemplo,
que fuera lo mismo cotizar 35 años de los 16 a los 51 años que desde los 32 a
los 67, si el esfuerzo de cotización en dichos tramos resulta equiparable. Pero
no es lo mismo, ni de lejos. El rechazo relativo a un incremento en las
cotizaciones o en las transferencias presupuestarias aleja el informe de la más
intensa lealtad constitucional.
3º.- Es muy decepcionante que el
informe no tome en consideración la dinámica de las carreras profesionales, en
su comparativa entre las anteriores, las actuales y las futuras. Tal vez siga
aumentando la esperanza de vida –solo tal vez-. Pero seguro que las carreras
profesionales no son tan rectilíneas como las que han sido las de los jubilados
actuales. Con eso quiere decirse que no es del todo seguro que las pensiones
medias dentro de diez años sean relativamente más altas que las actuales. Más
bien, resulta bastante cuestionable.
4º.- Es muy frustrante que el
informe no formule la más mínima referencia a la proporcionalidad en los
ajustes. Es decir, si los referidos factores han de producir, como es
previsible, correcciones a la baja, éstas no debieran guardar una
proporcionalidad pura, sino cebarse más en las pensiones de más alta cuantía.
Lo cual tiene que ver con un tema clamorosamente omitido, como es el de la
cuestión diferencial entre hombres y mujeres. La perspectiva de género es
necesaria también en este asunto, mal que les pese a nuestros sesudos sabios.
5º.-. Es muy alarmante que el
informe exprese urgencias. El voto particular de Santos Ruesga –o, en menor
medida, el de García Díaz- produce más sosiego. Aunque solo sea para poder
valorar mínimamente los “daños colaterales” de la reforma de 2011 antes de
avanzar prietas las filas en otra reforma que, quiérase o no, será de ajuste.
Evaluar una reforma no con datos reales sino con prospecciones es como
proyectar un puente sin haber analizado el terreno en el que van a sostenerse
sus pilares. La prisa aparenta basarse más en un narcisismo de los “sabios” que
en una realidad contrastada. O, cuando menos, en un intento de revestir de
legitimidad inmediata al factor de sostenibilidad.
6º.- Es muy inquietante que el factor de revalorización anual quiera
afectar a los actuales pasivos. No tanto en su lógica intrínseca, pero sí por
su valor simbólico y de ruptura con un valor intrínseco de nuestro sistema,
como es la doctrina de la fecha del hecho causante. Las reformas, solo para las
pensiones posteriores, no para las actuales. El noli me tangere –no me toques- las pensiones actuales se quiebra con estas
propuestas un tanto aventuradas.
***
Quien escribe estas páginas no
niega la utilidad de introducir un factor de sostenibilidad. Ni critica la
pertinencia del informe. Solo, y parcialmente, sus contenidos. Diríase que le
falta algo de coherencia con nuestro modelo y de amparo en los principios
teóricos del sistema. Puede que “des-indexar” –o más bien “re-indexar”- las
pensiones resulte necesario o conveniente. Pero tocar un aspecto tan sustantivo
y sensible como éste requeriría valorar su impacto en los “parámetros”, tanto
los modificados como los no modificados en 2011. No vaya a ser que toda la
estructura se desmanganille.